LLM.Velia Govaere Vicarioli
Catedrática UNED /Cordinadora OCEX 
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

 

SE HACE PÚBLICO EL INFORME DEL GRUPO ESPECIAL SOBRE LAS MEDIDAS DE SALVAGUARDIA IMPUESTAS POR LA REPÚBLICA DOMINICANA

 

polipropileno

En noviembre del 2011, un grupo especial bajo el sistema de solución de controversias de la Organización Mundial del Comercio (OMC) emitió fallo favorable a Costa Rica en un proceso contra la República Dominicana por la medida de salvaguardia impuesta contra los sacos de polipropileno y tejido tubular de costarricenses.

 

Costa Rica denunció ante la OMC la imposición de medidas de salvaguardia de este país caribeño el 16 de marzo del 2010, ante el incremento dominicano del arancel del 38% a los sacos costarricenses. 

 

Costa Rica era a la hora de la imposición de la medida (traducida en el incremento del impuesto de ingreso al país de un 0% a un 38%) el principal proveedor de sacos de polipropileno al mercado dominicano, con una participación de cerca del 30% de dicho mercado.

 

¿En que consiste una medida de salvaguardia?

Es una medida temporal que inhibe las importaciones de un país para proporcionar un periodo de alivio a un sector productivo afectado y pueden imponerse cuando una Autoridad Investigadora competente ha debidamente comprobado que las importaciones causan daño a un sector productivo nacional. Esta inhibición generalmente se expresa en un incremento del arancel.

 

En el caso de los sacos de polipropileno y tejido tubular la medida de salvaguardia se expresa en el incremento arancelario de este producto, que pasa de no pagar arancel (arancel 0) a que las importaciones cancelen un 38% en frontera. República Dominicana aplicó una medida de salvaguardia definitiva a estos productos con un incremento arancelario del 38%, aplicable por 18 meses a partir del 18 de octubre de 2010.

 

El sistema de solución de controversias de la OMC

Costa Rica denunció ante la OMC la imposición de medidas de salvaguardia a través del incremento del arancel a dichos productos costarricenses. Después de infructuosas consultas con la República Dominicana, celebradas en noviembre del 2010, el país solicitó el establecimiento de un grupo especial (panel en inglés). El proceso contó con los cinco países centroamericanos como quejosos y se sumó al proceso Panamá, en calidad de tercer país observador. 

 

El fallo del grupo especial de la OMC ha sido favorable. El desmantelamiento de la medida impuesta, que implica eliminar el arancel cobrado en frontera, facilitará que los productos costarricenses puedan ingresar al mercado dominicano.

 

Para leer la síntesis del fallo de la OMC, favor remitirse al siguiente link:

http://www.wto.org/spanish/news_s/news12_s/415_415_417_418r_s.htm